Seguro que has leído muchas noticias donde te cuentan que las empresas han entrado en un concurso de acreedores. Durante la época de crisis eran muy cotidianos, y ahora sigue habiéndolos, aunque en menor medida. Los concursos de acreedores son unas situaciones muy delicadas en las que es muy importante contar con un asesoramiento experto para la resolución de las mismas. Empresas como Cetefin es la empresa de administradores concursales designados por el juzgado, ellos tienen la experiencia y profesionalidad necesaria para el asesoramiento privado a empresas que estudian la posibilidad del concurso de acreedores.
Los pros y contras de la ley concursal deben ser tenidos en cuenta para esta labor, recordando siempre que dicha ley busca la supervivencia de la empresa o la liquidación ordenada de la misma y la satisfacción máxima de los acreedores. Un asesoramiento específico para cada situación nos llevará a tomar la decisión correcta, porque un paso mal dado puede cambiar totalmente la situación.
¿Qué es el concurso de acreedores?
El concurso de acreedores es el procedimiento judicial para resolver las situaciones de insolvencia de la empresa bien sea inminente o actual, que pretende proteger de un lado a los acreedores y de otro a la empresa concursada para que continúe con su actividad y evitar la responsabilidad personal de los miembros del órgano de administración. Si llevar a cabo un concurso de acreedores es tu decisión, ponte en manos de profesionales y te guiarán en todo el proceso salvaguardando siempre tus intereses.
La solicitud de declaración de concurso es un deber para el órgano de administración de la sociedad mercantil deudora, de forma que su omisión puede derivar en responsabilidad –incluso patrimonial- de los administradores de la sociedad.
El deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia, y esta se presume en la existencia de alguno de los hechos que aparece en el Art. 2.4 de la Ley Concursal.
- Cuando no se cumplan con regularidad con las obligaciones de pago contraídas.
- Cuando no disponga de bienes suficientes para atender una ejecución de embargo, ante la existencia de embargos.
- Ante la existencia de embargos que afecten de manera general a su patrimonio.
- En situaciones de impagados durante tres meses de las obligaciones tributarias o de las cuotas a la Seguridad Social.
En la etapa económica en la que nos encontramos, son diferentes las situaciones en las que nuestra empresa puede estar involucrada:
Concurso de Acreedores
Cuando la empresa sufre el impago de un cliente, una de las opciones es solicitar la declaración de concurso necesario del deudor. El deudor ya está en situación de concurso de acreedores y no sabe cómo defender sus créditos en un procedimiento concursal. Es su empresa la que se encuentra en situación de crisis o situación pre-concursal y se ve abocada a presentar solicitud de declaración de concurso de acreedores ante los juzgados de lo mercantil.
Un ejemplo claro puede ser empresas como Albacete Balompie, S.A.D, Fetransfor, S.L.,Agrocaja, S.A., Asfalto Hellin, S.L., Movirobotic, S.L., Oro Arte, S.L., con un pasivo total de aproximadamente 65.000.000 €, además de varios concursos de acreedores en Albacete de personas físicas. Y es que entrar en concurso de acreedores no tiene que significar desaparecer. Al contrario hay casos muy llamativos como el de Miro Electrodomésticos.
La celeridad de este procedimiento se complementa con un adecuado sistema de recursos, en el que, en principio, sólo se admite el de reposición contra providencias y autos y el de apelación contra sentencias que aprueben o rechacen el convenio, su cumplimiento o incumplimiento y la conclusión del concurso.
Contra las sentencias resolutorias de incidentes planteados con posterioridad o durante la fase de liquidación, cabrá también recurso de apelación. Sólo se admite el recurso de casación y el extraordinario de infracción procesal. Se introduce el recurso de suplicación y los demás que prevé la Ley contra las resoluciones en materia laboral y las que resuelvan los incidentes concursales que versen sobre la misma materia.
Ahora ya como empresario un poco más de la situación de concurso de acreedores, una posibilidad más para las empresas.